Equipo directivo

EQUIPO DIRECTIVO:

  • Directora: Milagros Peña Real
  • Jefe de Estudios: Raúl Vegas Sanz
  • Jefa de Estudios Adjunta Bachillerato y FP: Begoña González Montero
  • Jefa de Estudios Adjunta de ESO: Noelia Mª Santos Álvarez
  • Secretaria: Luz Elena Vega Pérez

El equipo directivo está formado por el Director, el Jefe de Estudios y el Secretario:

El Director es el representante de la Administración educativa en el Centro y tiene atribuidas las siguientes competencias:

  • Garantizar el cumplimiento de las Leyes y demás disposiciones vigentes.
  • Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Centro y adoptar las resoluciones disciplinarias que correspondan de acuerdo con las normas aplicables.
  • Dirigir y coordinar todas las actividades del Centro hacia la consecución del proyecto educativo del mismo, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del Centro.
  • Ostentar la representación del Centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
  • Colaborar con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos del Centro.
  • Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del Centro.
  • Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del Centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.
  • Favorecer la convivencia en el Centro, resolver los conflictos e imponer todas las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, de acuerdo con las normas que establezcan las Administraciones educativas y en cumplimiento de los criterios fijados en el reglamento de régimen interior del Centro. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los Centros.
  • Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del Centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
  • Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del Centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
  • Promover planes de mejora de la calidad del Centro, así como proyectos de innovación e investigación educativa.
  • Impulsar procesos de evaluación interna del Centro y colaborar en las evaluaciones externas.
  • Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

Son competencias del Jefe de Estudios:

  • Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
  • Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.
  • Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos, en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además, velar por su ejecución.
  • Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
  • Coordinar las actividades de los jefes de departamento.
  • Coordinar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración, en su caso, del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial.
  • Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el instituto.
  • Organizar los actos académicos.
  • Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización, y apoyando el trabajo de la junta de delegados.
  • Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
  • Favorecer la convivencia en el instituto y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el consejo escolar.
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia.

Son competencias del Secretario:

  • Ordenar el régimen administrativo del instituto, de conformidad con las directrices del director.
  • Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.
  • Custodiar los libros y archivos del instituto.
  • Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
  • Realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado.
  • Custodiar y coordinar la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.
  • Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al instituto.
  • Elaborar el anteproyecto de presupuesto del instituto.
  • Ordenar el régimen económico del instituto, de conformidad con las instrucciones del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
  • Velar por el mantenimiento material del instituto en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del director.
  • Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia.

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